El plus no remunerativo para Cal y Piedra

 

 

Almirón y Laplace representaron a los trabajadores mineros.

 

 

Este es el acta firmada recientemente por los representantes de AOMA nacional, la Federación Argentina de la Piedra y los empresarios mineros de nuestro país, oportunidad en que se acordó que los trabajadores mineros pertenecientes a la rama Cal y Piedra puedan cobrar, antes del 31 de diciembre, una cifra no remunerativa. Dicho acta dice textualmente:

 

 

Convención Colectiva de Trabajo Nro. 36/89

Rama Cal, Piedra y Afines

 

“En la ciudad de Buenos Aires, a los 15 días del mes de diciembre de 2104, se reúnen por una parte la Asociación Obrera Minera Argentina representada en este acto por los señores Héctor Laplace y Carlos Almirón, en sus caracteres de secretario general y secretario adjunto respectivamente, y por la otra la Federación Argentina de la Piedra, representada para este acto por el señor José Alfredo Pizone y la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) representada por el señor Martín Dedeu, quienes acuerdan lo siguiente:

1) Las partes signatarias convienen en que se otorgue una suma fija extraordinaria no remunerativa y por única vez, en carácter de gratificación especial, que no participará ni influirá sobre los salarios básicos, de pesos mil seiscientos ($ 1.600). La misma se abonará bajo el concepto de “Gratificación Especial”, antes del 31 de diciembre de 2014.

2) En virtud de lo arriba acordado, se procede a la firma del presente acta en seis ejemplares de igual tenor, a todos sus efectos”.

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